JUEVES, 25 de abril 2024

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PROFESIONALES

Veterinarios de Barcelona, en contra de excluir a algunos perros del registro de núcleos zoológicos de Cataluña

El Colegio de Veterinarios de Barcelona pide la retirada de una modificación de la ley de Protección de los Animales de Cataluña por suponer una amenaza para la salud pública

Ricard Parés, vicepresidente del Colegio de Veterinarios de Barcelona.
Ricard Parés, vicepresidente del Colegio de Veterinarios de Barcelona.

Veterinarios de Barcelona, en contra de excluir a algunos perros del registro de núcleos zoológicos de Cataluña

El Colegio de Veterinarios de Barcelona pide la retirada de una modificación de la ley de Protección de los Animales de Cataluña por suponer una amenaza para la salud pública

Redacción - 07-03-2023 - 17:01 H - min.

El Comité de Veterinaria por la Protección de los Animales (CVPA) del Colegio Oficial de Veterinarios de Barcelona (COVB) ha lanzado un comunicado con el que se opone a la exclusión de las perreras deportivas y de caza de la obligación de inscribirse en el Registro de núcleos zoológicos de Cataluña.

El Comité ha publicado su posicionamiento tras examinar el texto del Proyecto de Ley de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público, publicado por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, y analizar el artículo 62.1 de modificación del texto refundido de la ley de Protección de los Animales, aprobado por el decreto legislativo 2/2008, de 15 de abril.

En este sentido, han realizado una serie de observaciones que han trasladado al Gobierno. Y es que, desde el punto de vista del COVB, “no existe ningún motivo científico” para diferenciar entre perros según se alojen en una residencia canina o un centro de adiestramiento o en una perrera deportiva o de caza dado que el riesgo de contagio de enfermedades y las necesidades etológicas son idénticas.

Asimismo, recuerdan que el hecho de que algunos perros no estén inscritos en núcleos zoológicos puede representar “un grave riesgo tanto por a la salud animal como para la salud pública”.

Esto se debe a que supondría una falta de exigencia de un control veterinario regular, de obligatoriedad de unas instalaciones adecuadas y protocolo de higiene y desinfección periódicos establecidos en el programa de higiene y profilaxis (PHP) preceptivo redactado por una persona veterinaria, lo que incrementará significativamente el riesgo de transmisión y mantenimiento de enfermedades infecto-contagiosas.

Además, aseguran, si las instalaciones no son adecuadas, el nivel de bienestar animal se reduce significativamente con un incremento del estrés animal y el impacto que éste tiene sobre la respuesta inmunitaria.

“En consecuencia, este colectivo animal se convierte en un colectivo altamente vulnerable en el marco de las patologías infecto-contagiosas de alta morbilidad que afectan a los animales y que pueden presentar un pronóstico grave”, apuntan, haciendo mención a enfermedades como la parvovirosis, la giardiosis, la coccidiosis o la sarna sarcóptica, entre otras muchas.

Por otra parte, recuerdan que existen toda una serie de enfermedades consideradas potencialmente zoonósicas, como la leptospirosis, la larva migrans visceral causada por Toxocara sp., larva migrans cutanea por la infección por anquilóstomos, el quiste hidatídico o la rabia son sólo algunos ejemplos de potenciales zoonosis.

“Un colectivo animal no regulado como núcleo zoológico puede suponer un grave riesgo para la salud pública. Y, teniendo en cuenta, que determinados patógenos pasan clínicamente desapercibidos en el animal, es necesario establecer controles veterinarios regulares y sistemáticos que permitan la detección precoz de eventuales patologías que nos permitan el establecimiento de estrategias de control con suficiente antelación para poder hacerle frente. Por tanto, dejar la detección de estas enfermedades en las personas titulares de estas perreras es contrario al ‘One Health’”, lamentan.

MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES

En cuanto a las instalaciones, sostienen que un colectivo no regulado como núcleo zoológico puede incumplir el correcto mantenimiento higiénico-sanitario de los animales, incurriendo en una gestión inadecuada de las instalaciones donde viven animales, ya que no tiene obligatoriedad de disponer de un programa de higiene y profilaxis que es lo que establecen los protocolos de limpieza y desinfección, así como de gestión de brotes de enfermedad.

“Esto puede tener graves repercusiones en el ámbito de la contaminación ambiental por formas de transmisión parásita (huevos, larvas, quistes, ooquistes) o fúngicas (esporas), aparte de los procesos bacterianos y víricos. Del mismo modo, el sistema de eliminación de residuos (heces, orina…) como los de eliminación de cadáveres quedaría fuera de control”, advierten.

Por último, defienden que las instalaciones que alojan un colectivo animal deben cumplir los requisitos óptimos que garanticen el bienestar animal y que establecen unos requerimientos de espacio mínimos, disponer de un área de descanso y cobijo, acceso y disponibilidad a agua limpia ad libitum y alimentación suficiente y en buen estado a todos los animales evitando la contaminación del agua y/o comida por heces u orina.

“Por todos los motivos expuestos, los profesionales veterinarios manifestamos nuestra preocupación por la propuesta de modificación del artículo 62 y exigimos su retirada alegando motivos clínicos y de salud pública que pueden aparecer en los colectivos de animales que no se consideren como núcleos zoológicos”, concluyen.

ACCEDE A LAS OBSERVACIONES DEL COLEGIO DE VETERINARIOS DE BARCELONA

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